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Control horario en hostelería

La obligación de registrar la jornada es la misma en un restaurante que en una oficina, pero en hostelería se cruza con turnos partidos, plantilla que rota y picos de trabajo imprevisibles. Ahí es donde aparecen los límites del Estatuto que más se incumplen sin querer.

El turno partido y las doce horas de descanso

El turno partido es legal, pero tiene un límite que lo condiciona todo: entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente deben mediar como mínimo doce horas.

En la práctica esto es lo que decide a qué hora puede entrar mañana quien cerró anoche. Si el cierre acaba a la una de la madrugada, la entrada del día siguiente no puede ser antes de la una del mediodía.

El otro límite del mismo artículo son nueve horas ordinarias de trabajo efectivo al día, salvo que el convenio o un acuerdo de empresa establezca otra distribución respetando siempre el descanso entre jornadas.

Fuente: Art. 34.3 del Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado en el BOE).

La pausa de la jornada continuada

Cuando la jornada diaria continuada supera las seis horas, hay que establecer un periodo de descanso de al menos quince minutos.

Ese descanso solo cuenta como tiempo de trabajo efectivo si así lo establece el convenio o el contrato. Es una de las diferencias que más varía entre convenios de hostelería, y conviene mirarla antes de decidir si las pausas se descuentan del cómputo.

Para menores de dieciocho años el descanso es de treinta minutos y se aplica ya a partir de cuatro horas y media de jornada continuada.

Fuente: Art. 34.4 del Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado en el BOE).

Temporada alta y baja: la distribución irregular

Si no hay pacto en convenio o acuerdo de empresa, la empresa puede distribuir de manera irregular a lo largo del año el diez por ciento de la jornada.

Esa distribución tiene que respetar en todo caso los descansos mínimos, y la persona trabajadora debe conocer con un preaviso mínimo de cinco días el día y la hora de la jornada resultante.

Las diferencias por exceso o por defecto se compensan como diga el convenio o el acuerdo; a falta de pacto, en el plazo de doce meses desde que se producen.

Fuente: Art. 34.2 del Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado en el BOE).

El tope de horas extra que casi nadie calcula bien

El número de horas extraordinarias no puede superar las ochenta al año. En contratos de jornada inferior a la general, ese máximo se reduce en la misma proporción.

Aquí está la regla que se pasa por alto: las horas extraordinarias compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización no computan para ese tope de ochenta. Compensar con tiempo libre, además de ser lo que ocurre por defecto si no hay pacto de abono, libera margen anual.

Por eso sumar sin más todas las horas extra del año da un número equivocado: hay que descontar las ya compensadas con descanso dentro de plazo.

Fuente: Art. 35.2 del Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado en el BOE).

Registrar la jornada con la plantilla rotando

El cuadrante y el registro son cosas distintas y ambas son necesarias. El cuadrante dice lo que estaba previsto; el registro, lo que realmente ocurrió. La Inspección pide el segundo.

Cuando alguien cubre a un compañero, entra antes o se queda a cerrar, esa diferencia entre lo previsto y lo real es justamente lo que el registro tiene que reflejar. Un sistema que solo guarde el cuadrante publicado no cumple el artículo 34.9.

Cómo lo resuelve Jornal

Jornal Turnos está pensado para este escenario: el cuadrante por un lado, la jornada realmente trabajada por otro, y las dos cosas cuadrando al final de la semana.

  • Parrilla semanal con borrador y publicación, turnos partidos en dos franjas y copia de la semana anterior.
  • Aviso de cobertura al aprobar un cambio: se ve el impacto antes de aceptarlo y avisa si el turno quedaría por debajo del mínimo.
  • Cambios de turno, intercambios y días libres solicitados desde el móvil y aprobados por el encargado.
  • Fichaje desde el móvil del empleado, con código QR temporal para el punto de fichaje del local.
  • Control de horas extra por periodo, con el tope anual configurable y compensación en pago o en descanso.

En el centro de ayuda están las guías paso a paso de cada una de estas funciones.

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Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento de un profesional. Para un caso concreto, y en particular para lo que dependa del convenio colectivo aplicable, consulta con tu asesoría laboral.